|
LA EMPRESA QUE VIENE Siempre que oigo hablar de acción social de la empresa pienso que para entender de qué se trata hay que partir de la definición del fin de la empresa. Desde hace algunos años, los recién llegados al mundo de las finanzas, con un cierto aire de suficiencia nos dicen que el fin de la empresa es Crear valor para los accionistas y lo dicen haciendo énfasis en lo que les parece un descubrimiento: crear valor. No puedo entretenerme en la crítica de esta teoría, pero sí puedo afirmar que, por mucho que insistan en ello, no es verdad que el fin de la empresa sea crear valor para el accionista. Y mi afirmación parte de lo que para mí es un axioma: La empresa es, ante todo, una comunidad de personas Los que aportan trabajo, capital y dirección son personas, los proveedores y los clientes son personas y la sociedad en la que la empresa se ubica está formada de personas. Y todas las personas deben ser tratadas de acuerdo con su dignidad. Lo cual quiere decir que, en el modelo de dirección al que me siento vinculado, la persona debe ser el centro de las decisiones empresariales. Sentada esta premisa, diré que, para mí, el fin de la empresa es bifronte. Por un lado, prestar un servicio, el propio de cada empresa, que redunde en el bien común de la sociedad. Y por otro lado, crear riqueza, añadir valor económico, es decir, generar rentas para los que integran la empresa como aportantes de capital, trabajo y dirección. Y todo ello, mediante actuaciones que, en todo momento y circunstancia, sean congruentes con la dignidad de las personas que integran la empresa y de aquellas que están en contacto con la empresa desde el exterior. Ahora bien, la empresa para el logro de su fin se organiza en áreas funcionales, entre las cuales está la financiera, que, como los demás, debe tener su propio objetivo. Y este objetivo financiero sí puede definirse en términos de maximización de valor económico. En efecto, si un accionista quiere entrar en posesión de su patrimonio, no tiene otro camino que vender sus acciones a alguien que le sustituya, en todo o en parte, en el capital de la empresa. Para este propósito, el valor contable de la acción no tiene ningún significado; lo que verdaderamente interesa al actual o futuro inversor en el capital de riesgo de una empresa es el valor de mercado de la acción, ya que éste es el precio al que podrá entrar o salir de la empresa. Por lo tanto, si la preocupación de la dirección de la empresa debe ser dar equilibrada satisfacción a todos sus componentes, incluidos los accionistas, podemos concluir que si bien el fin de la empresa, como he dicho, no es crear valor para los accionistas, el objetivo financiero de la empresa subordinado al fin de la misma y, concurrente a su logro, sí es crear valor para los accionistas, intentando maximizar el valor de mercado de la acción. Este objetivo no se opone al objetivo final tal como lo hemos definido, si en el empeño de crear valor para los accionistas se respetan las reglas de comportamiento ético, derivadas de la dignidad del hombre. Es más, el logro del objetivo financiero, que se basa en la obtención de suficientes beneficios a fin de poder crear valor para el accionista, es, en cierto modo, una señal de que el objetivo final se ha logrado o puede lograrse. Así lo declara explícitamente el Papa Juan Pablo II en su Encíclica Centesimus annus cuando dice: "La Iglesia reconoce la justa función de los beneficios, como índice de buena marcha de la empresa. Cuando una empresa da beneficios significa que los factores productivos han sido utilizados adecuadamente y que las correspondientes necesidades humanas han sido satisfechas debidamente." * * * Sentadas estas ideas, volveré al tema que hoy nos ocupa para decir que, a mi juicio, la responsabilidad social básica de la empresa consiste en prestar servicio obteniendo beneficios, ya que sólo a través de la obtención de beneficios puede asegurarse la supervivencia de la empresa, sin cuya supervivencia la posibilidad de hacer frente a las restantes responsabilidades se esfuma. Supuesta esta condición, ¿pueden, o deben, las empresas preocuparse de otras actuaciones en nombre de la solidaridad? Comenzaré diciendo que me parece evidente que la solidaridad, como la verdad, no se puede imponer. La solidaridad es una virtud y, como toda virtud, es fruto de la libertad. De aquí que siempre me ha parecido que las actuaciones pretendidamente sociales del Estado, organizadas burocráticamente y con cargo al presupuesto, financiado con impuestos coactivos, pueden ser cualquier cosa, pero no merecen, de verdad, el calificativo de solidarias. La solidaridad verdadera es la solidaridad ejercida voluntariamente por las personas individuales, obrando aisladamente o unidas con otras, en forma de empresa o en forma de asociación, ambas de carácter privado. Siendo esto así, pienso que, con las reservas dichas, las empresas harán bien en ejercer la solidaridad. Y existen, a mi juicio, dos líneas para hacerlo. Una comprende todas aquellas actividades encaminadas a la formación de las personas y los pueblos. Por lo tanto, una maravillosa forma de altruismo o solidaridad consiste en facilitar el acceso de las personas carentes de medios, pero capaces, a una educación de alta calidad, hasta los máximos niveles. Educar a los no dotados económicamente resulta desde luego muy costoso, pero, afortunadamente, el capitalismo produce riqueza suficiente para atender a este propósito y, además, interesa al propio sistema hacerlo ya que, cuanto mayor sea la cantidad de personas altamente preparadas, mayor riqueza producirá el sistema. Sin embargo, siendo siempre preciso no despilfarrar recursos, sino usarlos eficientemente, pienso, por ejemplo, que mejor que las becas de estudio a fondo perdido son los créditos educativos que el estudiante devolverá, una vez ya convertido en profesional y gracias a sus ingresos profesionales. Se trata, como se ve, de un crédito sobre la valía y el honor de la persona, que, sobre el mérito de exigir la contraprestación responsable del beneficiario, tiene la ventaja de no agotar los recursos disponibles para este fin. La otra línea para el ejercicio de la solidaridad viene dada por el propio ejercicio de la actividad empresarial. Y, ¿cómo puede el empresario, en el ejercicio de su propia actividad, vivir la solidaridad? El mismo Papa Juan Pablo II lo dice en dos palabras: "la solidaridad se realiza en el servicio". De aquí que un primer tramo de la solidaridad ya la vive el empresario por el simple hecho de serlo, de prestar a la sociedad el servicio propio de su empresa. Un paso más en el ejercicio de la solidaridad vendría dado por la acción encaminada a no perjudicar el ambiente ecológico y social de la zona donde la empresa está ubicada y, por encima de ello, a devolver parte de lo que el entorno en que la empresa se mueve le proporciona. Se trata del mecenazgo que, naturalmente, también está relacionado con la capacidad de la empresa para generar riqueza, ya que sin beneficios no hay mecenazgo posible. Por lo general, la cuantía del mecenazgo, con cargo a la explotación, quedará agotada con el porcentaje de la base imponible que las administraciones fiscales permiten deducir. Ir más allá supone, de hecho, donar beneficios que son del accionista y han pagado impuestos. Es prácticamente seguro que los accionistas accederán gustosos a esta decisión altruista si beneficio y dividendos son satisfactorios para ellos. Pero, cabe otra fórmula. La empresa a la que he pertenecido siempre, el Banco Popular Español, hace muchos años decidió que la participación en beneficios que estatutariamente corresponde al Consejo de Administración fuera renunciada por los Consejeros y aportada a las Fundaciones de carácter benéfico-docente que el banco administra, para atender a las necesidades individuales o colectivas, tanto en España como en el extranjero. Cuando, en alguna ocasión, he informado de esta modalidad a bancos de inversión o a otras instituciones de inversión colectiva, nacionales y extranjeras, la reacción ha sido de asombro y, desde luego, muy positiva, al ver que el banco no hace obras de solidaridad con el dinero de sus accionistas, cosa que, dentro de ciertos límites, tampoco sería reprobable, sino con el dinero que legítimamente pertenece a los administradores, los cuales, voluntariamente, lo ceden para ayudar a otras personas. |
© 2002 - Rafael Termes |